Objetivo Social
a) Promover delegaciones estatales o regionales según las circunstancias y las posibilidades del consejo.
b) Ofrecer igualdad de oportunidades para la evaluación a todos los candidatos que lo soliciten.
c) Cumplir con sus estatutos y regulaciones, los cuáles deben guardar concordancia con los estatutos del CONACEM y disposiciones derivadas de los mismos.
d) Elaborar y aplicar los exámenes para los médicos solicitantes y los que correspondan para la renovación de la certificación vigente de la especialidad.
e) Hacer del conocimiento del CONACEM los procedimientos de evaluación.
f) Certificar a los médicos especialistas que lo soliciten; que previamente hayan cumplido con los requisitos establecidos y que resulten aprobados en sus evaluaciones.
g) Llevar a cabo, por lo menos una vez al año y preferentemente en junio, los exámenes de evaluación para la certificación.
h) Llevar a cabo, por lo menos una vez al año, exámenes o procedimientos de evaluación para garantizar a los interesados la vigencia de la certificación de las especialidades y/o capítulos reconocidos.
i) Remitir al CONACEM una vez al año el informe de actividades que incluya:
- Fechas de examen.
- Criterios de calificación.
- Fecha y resultados de las selecciones de los nuevos miembros directivos del consejo.
- Registro de los nombres y firmas del presidente del consejo y del responsable del proceso de evaluación para certificación y recertificación vigente ante el CONACEM, para los certificados que se emitan.
- Directorio actualizado de los médicos certificados que incluye los de nuevo ingreso, vigencia y bajas que hubieran ocurrido por cualquier causa.
j) Otorgar conjuntamente con el CONACEM el correspondiente diploma de certificación e inscribirlo en el directorio de médicos certificados por el consejo.
k) Enviar con anticipación al CONACEM los informes especiales que se le soliciten.
l) Informar a las organizaciones constitutivas del consejo los fines que se dará a los datos que se recaben de ellos, incluida la remisión de los mismos al CONACEM; en los términos del aviso de privacidad a que se refiere la Ley Federal de Protección de Datos Personales en posesión de particulares.
m) Proporcionar al CONACEM anualmente listas de los especialistas certificados y a las instituciones de salud, facultades de medicina, sociedades médicas, y todo cuanto se le solicite por escrito.
n) Coordinarse con las facultades de medicina y con sus divisiones de posgrado para identificar los requerimientos mínimos que deben tener los egresados de los cursos de especialización en medicina familiar.
o) Vigilar el cumplimiento de sus normas y reglamentos e informar periódicamente tanto a sus organizaciones constitutivas como al CONACEM.
p) Mantener relaciones con organizaciones similares tanto en México como en el extranjero, de tal forma que se contribuya al logro de sus objetivos.